Lo que hagas en los primeros minutos tras un accidente de tráfico protege a las personas, evita un segundo accidente y deja la prueba que luego necesitarás para reclamar. Y hay un cambio que conviene saber: desde el 1 de enero de 2026 los triángulos ya no sirven para señalizar; el único dispositivo válido es la baliza V16 conectada.
Aquí tienes los pasos en orden: proteger, avisar y socorrer; cómo usar la V16; cuándo llamar a la autoridad y cuándo basta el parte amistoso; y qué hacer en los días siguientes. Normas y datos oficiales comprobados en el BOE y en la DGT el 6 de noviembre de 2026.
- Primero tu seguridad: detén el vehículo sin crear un nuevo peligro, enciende las luces de emergencia y ponte el chaleco reflectante antes de bajar si vas a pisar la calzada o el arcén de una vía interurbana.
- Señaliza con la V16 conectada: desde el 1 de enero de 2026 es el único medio válido y sustituye a los triángulos.
- Avisa al 112 si hay heridos o peligro, con la localización exacta, el número de heridos y de vehículos.
- Atestado o parte amistoso: si hay heridos, avisa a la autoridad; sin heridos y de acuerdo, parte amistoso, pero nunca en la calzada.
- Plazos: avisa a tu aseguradora en un máximo de siete días (salvo plazo más amplio en tu póliza) y recuerda que la acción contra la aseguradora del responsable prescribe al año.
Primeros minutos: proteger, avisar y socorrer (PAS)
La DGT resume la actuación tras un accidente en tres pasos que se dan en este orden: Proteger, Avisar y Socorrer (protocolo PAS). El deber de auxilio y las pautas de seguridad salen del Reglamento General de Circulación (artículos 129 y 130).
- Protégete. Detén el vehículo de forma que no cree un nuevo peligro, enciende las luces de emergencia y ponte el chaleco reflectante antes de salir si vas a pisar la calzada o el arcén de una vía interurbana (artículo 118).
- Sal por el lado contrario al tráfico si hay un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación. Si no puedes salir con seguridad, quédate en el habitáculo con el cinturón abrochado (artículo 130.3).
- Señaliza con la baliza V16 el vehículo inmovilizado (te explicamos cómo en el siguiente apartado).
- Avisa al 112. Indica dónde estás (carretera, punto kilométrico y sentido, o una referencia clara), cuántas personas están heridas y cómo se encuentran, cuántos vehículos intervienen y si hay personas atrapadas o peligro añadido. Deja un teléfono de contacto.
- Socorre sin asumir riesgos. Presta el auxilio que sea adecuado y sigue las indicaciones que te dé el 112. Como norma general, no muevas a las personas heridas salvo que corran un peligro inmediato.
- No alteres las huellas ni el estado de las cosas si hay una persona fallecida o gravemente herida, salvo que ello perjudique la seguridad de los heridos o de la circulación (artículo 129.2.c).
La baliza V16 conectada: los triángulos ya no valen
La disposición transitoria primera del Real Decreto 159/2021, en la redacción dada por el Real Decreto 1030/2022, permitió usar los dispositivos anteriores solo hasta el 1 de enero de 2026. Desde esa fecha, la DGT indica que la normativa solo reconoce la baliza V16 conectada como medio para señalizar un vehículo inmovilizado.
- Dónde se coloca: en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado, para que se vea lo mejor posible. Si no llegas al techo, la DGT indica que el dispositivo debe poder fijarse, por ejemplo con un imán, en la puerta del conductor.
- Sin invadir la calzada: no camines por la calzada ni por los carriles para colocarla. Si no puedes hacerlo con seguridad, no salgas del vehículo.
- Qué hace: emite una luz intermitente y comunica la ubicación del vehículo a la plataforma de la DGT. No avisa a emergencias: la llamada al 112 la haces tú.
- Que sea válida: solo sirven los modelos que figuran en el listado oficial de la DGT.
- Dónde se guarda: en la guantera, accesible y cargada.
Además de la V16, sigue siendo obligatorio encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo (artículo 130.4 del Reglamento General de Circulación). Los vehículos matriculados en otros países que circulan por España en circulación internacional pueden seguir usando triángulos, según la DGT.
Atestado o parte amistoso: cuál te toca
Depende de si hay heridos y de si los conductores están de acuerdo. El artículo 129.2.e exige avisar a la autoridad si hay heridos, salvo que las lesiones sean claramente leves, la circulación esté restablecida y nadie lo pida.
| Situación | Qué hacer |
|---|---|
| Hay heridos | Llama al 112 y avisa a la policía o a la Guardia Civil. El atestado es una prueba importante para la reclamación y tienes aquí las formas de conseguir el atestado si luego necesitas la copia. |
| No hay heridos y los conductores están de acuerdo | Rellena el parte amistoso en un lugar seguro, fuera de la calzada, con los datos de todos y un breve resumen de lo ocurrido. |
| Hay desacuerdo, el otro conductor no se identifica o se marcha | Avisa a la policía o a la Guardia Civil. Anota la matrícula y los datos que puedas, y pide los de los testigos. |
No rellenes el parte en la calzada: el artículo 130.5 del reglamento lo prohíbe y debe hacerse en un lugar seguro fuera de la vía. Lee bien lo que firmas.
Qué reunir en el lugar del accidente
- Fotografías de los vehículos, los daños, las marcas de frenado, la señalización y los restos, hechas cuanto antes.
- Datos de todos los conductores, matrículas y aseguradoras.
- Datos de los testigos, si los hay.
- El lugar exacto y la hora, y la copia del atestado cuando esté disponible: las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas del tráfico la facilitan de forma gratuita a petición de las personas perjudicadas (artículo 7 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro).
En las horas y los días siguientes
- Urgencias, aunque no notes nada grave: el parte médico deja constancia de las lesiones y se aporta después a la aseguradora o al juicio. Guarda todos los informes.
- Médico de familia: para el seguimiento de las lesiones y, si procede, la baja por accidente de tráfico.
- Avisa a tu aseguradora: el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro fija un máximo de siete días desde que conoces el siniestro, salvo que tu póliza prevea un plazo más amplio.
- Guarda facturas y tickets de los gastos que cause el accidente: taxis, reparaciones, rehabilitación, gafas rotas.
Cuando haya que reclamar, estos son los pasos y plazos que fija el artículo 7 del texto refundido:
- Un año: la acción directa contra la aseguradora del responsable prescribe al año.
- Reclamación previa: antes de demandar debes enviarle una reclamación extrajudicial. No tiene que estar cuantificada e interrumpe la prescripción. Puedes partir de nuestro modelo de reclamación a la aseguradora.
- Tres meses: la aseguradora debe responder con una oferta motivada o con una respuesta motivada. Te explicamos cómo valorar la oferta motivada.
Las lesiones se valoran con el baremo de accidentes de tráfico de 2026. Para saber qué puedes reclamar, tienes más detalle en la página de indemnización por accidente de tráfico.
Qué conviene evitar
- No firmes nada sin saber qué reconoces.
- No des por hecho quién tuvo la culpa ni lo escribas en un parte improvisado: es una cuestión de prueba.
- No te vayas del lugar si hay heridos hasta que llegue la autoridad o te autorice a marcharte, salvo que debas prestar auxilio o ser atendido (artículo 129.2.e).
- No dejes pasar el año sin enviar la reclamación a la aseguradora del responsable.
Si tienes lesiones y te planteas quién puede llevar tu caso, mira nuestra página de abogado de accidente de coche.
¿Has tenido un accidente de tráfico?
Cuéntanos qué ocurrió y te orientamos sobre tus derechos y los pasos a seguir. Cuéntanos tu caso por teléfono o WhatsApp y te orientamos. No prometemos resultados: cada caso depende de sus pruebas y de sus circunstancias. Trabajamos a éxito: nuestros honorarios se pactan en función del resultado de tu reclamación.
Llamar gratis: 900 902 740O escríbenos por WhatsApp si prefieres no hablar por teléfono.
Preguntas frecuentes sobre qué hacer tras un accidente de tráfico
Respuestas cortas a las dudas más habituales.
1. ¿Qué hay que hacer primero después de un accidente de tráfico?
2. ¿Siguen valiendo los triángulos o es obligatoria la baliza V16?
3. ¿Tengo que llamar a la policía o a la Guardia Civil o basta con el parte amistoso?
4. ¿Puedo rellenar el parte amistoso en la carretera?
5. ¿En cuánto tiempo debo avisar a mi aseguradora?
6. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a la aseguradora del responsable?
Información orientativa, no asesoramiento jurídico personalizado: tu caso se valora con tus documentos. Normas y datos oficiales comprobados en el BOE y en la DGT el 6 de noviembre de 2026.
Revisado por Andrés Rodríguez Méndez, Abogado, Colegiado I.C.A.M. 49316. Última actualización: 6 de noviembre de 2026.
