Cuando, tras sufrir un accidente de circulación, recibimos una cantidad económica en concepto de indemnización, por las lesiones ocasionadas y los daños sufridos en el mismo, ¿debemos declarar esa cantidad en la declaración de la Renta?

La respuesta a esta pregunta es, que dependiendo del tipo de indemnización y de cómo se haya establecido, puede estar exenta o no. Vamos a tratar de explicarlo a continuación.

Indemnizaciones por accidentes de tráfico ¿hay que declararlas?

Como ya hemos mencionado dependerá de cada caso y de cómo se establezca, ya que, las indemnizaciones recibidas en concepto de daños personales, que vienen derivados de la responsabilidad civil por un accidente de circulación, están exentas hasta la cantidad que esté judicialmente reconocida. Esto es:

  • Si la indemnización se establece por medio de intervención judicial, es decir, sentencia, renuncia, conciliación, desistimiento, etc., no habrá que declararla ya que estará exenta.
  • Si se recibe de forma extrajudicial, quedará únicamente exenta la cuantía legal que esté establecida por ley, todo lo demás, es decir, el resto de la indemnización que se perciba se tendrá que declarar como ganancia patrimonial no derivada de la transmisión de bienes, integrándola en la base imponible y tributándola según corresponda.

Factores a tener en cuenta sobre la declaración de la indemnización

Si has cobrado una indemnización como consecuencia de un accidente de tráfico sufrido debes tener en cuenta algunos factores que a continuación te detallamos, para saber si se debe declarar en la declaración de la renta o no, o si hay alguna parte exenta de la declaración.

Estos factores son:

  • En el caso de accidentes de tráfico con víctimas mortales, las indemnizaciones cobradas por los herederos, se deberán declarar en el Impuesto de Sucesiones correspondiente.
  • No son deducibles todos los gastos que cobre el abogado.
  • En el caso de que se establezca en el acuerdo judicial, una cantidad en concepto de capital y luego se acuerda una forma de pago con la aseguradora, por ejemplo que establezca una cantidad anual, ésta deberá ser declarada en la renta, según las normas de la Dirección General de Tráfico.
  • En el caso de que seas tú quien debes pagar la indemnización, como causante principal del accidente de circulación, esa cantidad se podrá declarar como pérdida de patrimonio.

 

Cómo estar seguro de si debemos tributar o no la indemnización en Hacienda

La mejor forma de asegurarnos es contratando los servicios de un abogado especializado en accidentes de tráfico, que te asesore y oriente sobre cómo debes actuar en cada caso, según dicte la ley.

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En general las indemnizaciones no se deben declarar en la declaración de la Renta, pero ya hemos visto que existen excepciones y que según el caso se podrán ver exentas algunas partes de la misma. Por tanto, ante la duda, consulta con un especialista que sepa decirte cual es tu mejor opción y cuales son los pasos que debes dar.

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Los temas de impuestos pueden resultar muy complicados y si no los realizamos bien podemos vernos en un problema con multa añadida con el paso del tiempo, por tanto la mejor opción es dejarlo todo en manos de quienes conocen cómo actuar y qué se debe hacer en cada caso.