Indemnización por muerte en accidente de tráfico

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Perder a un familiar en un accidente de tráfico es una situación devastadora. En medio del dolor, surgen dudas difíciles: quién puede reclamar, cuánto corresponde por fallecimiento, qué ocurre si había hijos, cónyuge, padres o hermanos, y cómo actuar frente a la aseguradora responsable.

En Tráfico Ayuda reclamamos la máxima indemnización por muerte en accidente de tráfico, valorando todos los perjudicados, el daño moral, los complementos del Baremo, los gastos de funeral, traslado, entierro, repatriación y el lucro cesante por pérdida de ingresos. Le acompañamos con sensibilidad, rigor y una garantía clara: solo cobramos si usted cobra.

¿Quién puede reclamar una indemnización por fallecimiento?

El Baremo reconoce diferentes categorías de perjudicados por la muerte en accidente de tráfico. No solo puede reclamar el cónyuge o los hijos: también pueden tener derecho los padres, hermanos, abuelos, nietos y allegados, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Cónyuge o pareja de hecho: puede reclamar por el daño moral y, si dependía económicamente de la víctima, también por lucro cesante.

Hijos, padres y hermanos: tienen cuantías específicas según edad, vínculo familiar y circunstancias agravadas.

Allegados: pueden reclamar si acreditan convivencia familiar efectiva durante al menos cinco años antes del fallecimiento.

Cada familiar puede tener su propia indemnización

La indemnización por fallecimiento no es una cantidad única para toda la familia. Cada perjudicado debe valorarse de forma individual según su relación con la víctima y sus circunstancias.


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víctimas de accidentes graves

¿Qué incluye la indemnización por muerte en accidente de tráfico?

Perjuicio personal básico

Compensa el daño moral por la pérdida del ser querido. Se calcula según la categoría del familiar y, en algunos casos, la edad de la víctima o del perjudicado.

Perjuicio particular

Añade complementos según circunstancias: discapacidad del perjudicado, pérdida de único progenitor, fallecimiento de ambos progenitores o pérdida del único hijo.

Gastos y lucro cesante

Siempre incluye los gastos derivados del funeral, entierro, traslado, repatriación y pérdida de ingresos futuros cuando existía dependencia económica.

¿Quiere calcular la indemnización de su familia?

Revisamos el atestado, la responsabilidad, todos los familiares perjudicados, los gastos, la dependencia económica y los complementos del Baremo.

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Responsabilidad en el accidente: clave para cobrar la indemnización

En los accidentes con fallecimiento, la aseguradora puede intentar reducir la indemnización alegando culpa de la víctima o concurrencia de culpas. Por eso es esencial analizar el atestado, informes periciales, testigos, cámaras, alcoholemia, drogas, velocidad y circunstancias del siniestro.

Culpa del conductor responsable

Si el accidente fue causado por otro conductor, la aseguradora responsable debe indemnizar a los familiares perjudicados conforme al Baremo.

Clave para reclamar: La reclamación debe identificar correctamente a todos los perjudicados y desglosar el perjuicio básico, particular y patrimonial.

Concurrencia de culpa

Si parte de la responsabilidad es de la persona fallecida, la aseguradora puede intentar reducir la indemnización. Esa reducción debe estar justificada y puede discutirse.

Clave legal: Una buena defensa del atestado y de la dinámica del accidente puede evitar reducciones injustas de la indemnización.
* Nota: la culpa exclusiva de la víctima puede excluir la indemnización, pero debe estar probada. No acepte una reducción sin revisión legal especializada.

Lo que dicen nuestros clientes

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Testimonio Elena

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Tranquilidad durante la recuperación

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Tabla de indemnización por muerte en accidente de tráfico Baremo 2026

Estas cuantías corresponden al perjuicio personal básico. La indemnización final puede aumentar con perjuicios particulares, gastos específicos y lucro cesante.

Perjudicado Criterio principal Cuantía 2026
Cónyuge o pareja de hecho Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía hasta 67 años. 117.622,06 €
Cónyuge o pareja de hecho Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía de 67 a 80 años. 91.483,83 €
Cónyuge o pareja de hecho Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía más de 80 años. 65.345,59 €
Hijo hasta 14 años Cada hijo menor o igual a 14 años. 117.622,06 €
Hijo de 14 a 20 años Cada hijo en este tramo de edad. 104.552,94 €
Hijo de 20 a 30 años Cada hijo en este tramo de edad. 65.345,59 €
Hijo mayor de 30 años Cada hijo mayor de 30 años. 39.207,35 €
Progenitor Si el hijo fallecido tenía hasta 30 años. 91.483,83 €
Progenitor Si el hijo fallecido tenía más de 30 años. 52.276,47 €
Hermano Hasta 30 años. 26.138,24 €
Hermano Más de 30 años. 19.603,68 €
Allegado Convivencia familiar acreditada durante al menos cinco años. 13.069,12 €
Cónyuge víctima hasta 67 años117.622,06 €
Hijo hasta 14 años117.622,06 €
Hijo 14-20 años104.552,94 €
Hijo 20-30 años65.345,59 €
Progenitor hijo hasta 30 años91.483,83 €
Hermano hasta 30 años26.138,24 €
Allegado13.069,12 €

¿La aseguradora ha calculado bien todos los familiares?

Revisamos si se han incluido cónyuge, hijos, padres, hermanos, allegados, gastos, complementos y lucro cesante.

REVISAR INDEMNIZACIÓN

Complementos que pueden aumentar la indemnización por fallecimiento

El Baremo no se limita a una cuantía básica. Existen complementos que pueden aumentar de forma importante la indemnización cuando concurren circunstancias familiares especialmente graves.

1. Discapacidad del perjudicado

Si el familiar perjudicado tiene discapacidad física, intelectual o sensorial, la indemnización básica puede incrementarse entre un 25% y un 75%.

2. Sufrir pérdida de progenitores

Los hijos pueden recibir incrementos cuando fallece el único progenitor o ambos progenitores, especialmente si los hijos son menores o jóvenes (se calcula según edad).

3. Único hijo o perjuicio excepcional

La pérdida del único hijo y otros perjuicios excepcionales acreditados pueden aumentar la compensación cuando el daño familiar es especialmente intenso.

Gastos, funeral y lucro cesante por fallecimiento

Además del daño moral, la familia puede reclamar los gastos derivados del fallecimiento y la pérdida económica futura cuando dependía de los ingresos de la víctima.

Gastos

Daño emergente

Incluye una cantidad básica sin necesidad de justificación y, además, los gastos acreditados de funeral, entierro, traslado, repatriación y otros costes directamente relacionados.

  • Perjuicio patrimonial básico: 522,76 € por perjudicado.
  • Gastos específicos: según facturas y justificantes.
Ingresos

Lucro cesante

Compensa la pérdida de ingresos futuros que sufrían quienes dependían económicamente de la víctima. Su cálculo puede ser complejo y exige documentación económica.

  • Se presume en cónyuge e hijos menores de 30 años.
  • Otros familiares deben acreditar dependencia económica.

¿La aseguradora ha ofrecido una cantidad sin explicar el cálculo?

Revisamos la oferta, identificamos todos los perjudicados y calculamos si faltan complementos, gastos o lucro cesante.

Preguntas frecuentes sobre indemnización por muerte en accidente de tráfico

Resolvemos las dudas más habituales sobre familiares perjudicados, cálculo de la indemnización, culpa, gastos y lucro cesante.

Pueden reclamar los perjudicados reconocidos por el Baremo: cónyuge o pareja de hecho, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados que acrediten convivencia familiar efectiva. Cada familiar puede tener derecho a su propia indemnización.
Depende de quién reclama, la edad de la víctima, la edad del perjudicado, la convivencia, la dependencia económica y los complementos aplicables. Por ejemplo, en 2026 un hijo de hasta 14 años tiene una cuantía básica de 117.622,06 €, antes de posibles complementos.
Si existe concurrencia de culpa, la aseguradora puede intentar reducir la indemnización en proporción a la responsabilidad atribuida a la víctima. Sin embargo, esa reducción debe estar probada y puede discutirse mediante atestado, informes periciales, testigos y análisis técnico del accidente.
Sí. Además del perjuicio patrimonial básico, pueden reclamarse gastos específicos como traslado del fallecido, entierro, funeral y repatriación, siempre que se acrediten mediante facturas o justificantes.
Es la compensación por la pérdida de ingresos futuros que sufren los familiares que dependían económicamente de la víctima. Se calcula con tablas específicas del Baremo y exige estudiar ingresos, edad, relación familiar y dependencia económica.
Andrés Rodríguez - CEO Tráfico Ayuda

Andrés Rodríguez - CEO Tráfico Ayuda

Andrés Rodríguez

Abogado CEO & Founder | Especialista en Tráfico desde 1992 Colegiado I.C.A.M. 49316

"Mi vocación es defender a quienes más lo necesitan tras un siniestro. Durante más de 30 años, me he especializado en los casos más graves y complejos, peleando contra las aseguradoras para conseguir la máxima indemnización por accidente de moto que te corresponde por justicia."

En Tráfico Ayuda, tu tranquilidad es nuestra prioridad. Por eso mantengo un compromiso firme: si no ganamos, no cobramos.

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