Tras sufrir un siniestro de tráfico, lo más probable es que necesitemos algunos días para recuperarnos, y en función de las lesiones, podemos llegar a necesitar algún tipo de baja por accidente de tráfico.
En este caso, la legislación española dice que las víctimas por accidentes de tráfico tienen el derecho de cobrar una indemnización, como compensación económica tras el perjuicio causado, consecuencia de su incapacidad.
Debemos distinguir entre baja médica por accidente de tráfico y baja laboral por accidente de tráfico, ya que las indemnizaciones se calcularán basándose en el tiempo total necesario para la curación, incluso siendo posible incorporarse al trabajo y necesitar aun cuidados médicos para lograr la curación total.
De este modo, los peritos forenses serán quienes establezcan, dentro del tiempo de curación, si se ha habido incapacidad mayor o menor para poder realizar una vida cotidiana con normalidad.
Contar con el asesoramiento de profesionales especializados puede ser fundamental para poder lograr las indemnizaciones correspondientes en cada caso. En muchas ocasiones nos dejamos aconsejar por personas que tenemos cerca, o por los peritos del seguro contrario, y no nos damos cuenta de que podemos estar perdiendo la posibilidad de lograr la indemnización máxima y conformándonos con menos.
Cuando sufrimos un accidente de tráfico, las consecuencias pueden perjudicarnos bastante y nuestros derechos exigen que consigamos la indemnización como compensación de todos los perjuicios causados.
Los días de baja por accidente de tráfico
Obviamente las lesiones sufridas serán las que determinen el tiempo que la víctima de un accidente de tráfico necesite pare recuperarse, ya que el tipo de tratamiento que necesite la persona afectada dependerá de la gravedad del accidente y de las lesiones, así como el tiempo de recuperación, estando incapacitado o no para realizar sus tareas habituales y cotidianas.
Los días que pases de baja por accidente de tráfico se clasificarán en tres tipos:
- Días hospitalarios
- Días impeditivos
- Días no impeditivos
En el primer caso, los días hospitalarios son aquellos días en los que la persona que ha sufrido el accidente de tráfico, se ha visto obligada a pasar en un centro hospitalario para recuperarse de sus heridas.
En cuanto a los días de baja impeditivos y los días de baja no impeditivos, se diferencian entre ellos en que en los días impeditivos son aquellos en los que la persona que ha sufrido el accidente se encuentra incapacitada para poder realizar sus ocupaciones o actividades cotidianas, mientras que los días no impeditivos sí le permiten continuar con sus ocupaciones habituales, a pesar de seguir necesitando cuidados médicos como puede ser algún tipo de curas o rehabilitación.
¿Cuánto se cobra por día de baja por accidente de tráfico?
En cualquier caso, estos tipos de baja no son excluyentes, y por cada día se establecerá un importe por indemnización correspondiente al tipo de baja, siendo según el baremo de accidentes de 2014-2015 las siguientes cantidades:
- Día de hospitalización: indemnización de 71,84 euros por día.
- Día impeditivo: indemnización de 58,41 euros por día.
- Día no impeditivo: indemnización de 31,43 euros por día.
Por poner un ejemplo, una persona que haya sufrido un accidente de tráfico puede necesitar 5 días de baja hospitalaria o días de hospitalización, además encontrarse incapacitado para realizar sus tareas habituales durante 60 días, lo que sería el tiempo correspondiente a los días impeditivos, y por último, podría incorporarse a su trabajo, a pesar de seguir necesitando tratamiento médico para terminar de recuperarse por completo durante 30 días más, lo que serían los días no impeditivos.
No obstante, la cantidad resultante de ese número de días de baja y las indemnizaciones correspondientes por cada uno de ellos, se tendría que aumentar en función de lo que cobre la víctima por su empleo, es decir de sus ingresos netos anuales
Días no impeditivos
Cuando hablamos de baja no impeditiva, o días no impeditivos, nos referimos a que la persona víctima del accidente de tráfico sufre unas lesiones que no le incapacitan para su trabajo así como para realizar sus tareas habituales, tales como caminar, hacer deporte, comer, etc.
Incluso pueden incorporarse a su trabajo aun necesitando recibir tratamiento médico que les ayude a curarse totalmente, como puede ser algún tipo de rehabilitación o curas.
Días impeditivos
En lo que se refiere a la valoración de daños y de las posibles consecuencias del siniestro, la ley identifica como días impeditivos aquellos en los que el perjudicado no está capacitado para acudir a su trabajo por culpa de las lesiones que sufre como consecuencia del accidente de tráfico, es decir, los días en los que la víctima no puede realizar su trabajo habitual.
Por otro lado, también pueden identificarse los días impeditivos, no solo como aquellos en los que no se puede realizar un trabajo, sino como aquellos en los que el perjudicado sufre o padece alguna limitación física que le impide trabajar, ya sea por dolores, padecimientos, etc., y que además requiere la ayuda de terceras personas constante o casi constante.
Es decir, serían días impeditivos los que incluyen además de la incapacidad, un padecimiento.
Por este motivo, se debe exigir, para considerar que alguien no se encuentra capacitado para realizar sus ocupaciones o actividades habituales, un plus de incapacidad. Teniendo en cuenta que esas ocupaciones habituales no son sólo las que se refieren a trabajar, sino que incluyen además otro tipo de tareas como hacer deporte, caminar, comer, etc.
En cualquier caso, contar con el asesoramiento de profesionales especializados te puede ayudar a salir adelante con más celeridad.
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