Calculadora de días para indemnizaciones

Determinar con exactitud el periodo de curación es el primer paso crítico para obtener una compensación justa. Cada jornada de recuperación, desde el impacto hasta el alta médica, debe ser computada según el Baremo de accidentes de tráfico 2026. En Tráfico Ayuda, ponemos a tu disposición esta herramienta para que calcules el tiempo exacto de tu baja sin margen de error.

Una vez obtenido el número total de días, puedes utilizar nuestra calculadora de indemnización por accidente para conocer la cuantía económica que te corresponde. Recuerda que si la aseguradora se retrasa en el pago, también tienes derecho a reclamar los rendimientos financieros mediante nuestra calculadora de intereses judiciales. Nuestra máxima es clara: si no ganamos, no cobramos.

Calculadora de días de curación

¿Cómo se clasifican tus días de curación?

Muy Grave

Ingreso en UCI o pérdida total de autonomía para las actividades más esenciales de la vida.

Grave

Estancia hospitalaria que impide realizar la inmensa mayoría de actividades de la vida diaria.

Moderado

Días de baja laboral o incapacidad temporal para realizar actividades de desarrollo personal.

Básico

Días de curación hasta el alta médica definitiva sin una limitación relevante de la autonomía.

Imprescindible para tu reclamación

Para que el cálculo sea válido ante la aseguradora y el juzgado, debes contar con:

Informe de Urgencias: Emitido necesariamente antes de las 72 horas posteriores al accidente.

Partes de Baja: Documentación oficial de la Seguridad Social o Mutua que acredite la incapacidad.

Seguimiento Médico: Informes de especialistas y registros de tus sesiones de rehabilitación.

Informe de Alta: Documento definitivo que determina el fin del periodo de curación y secuelas.

Preguntas frecuentes sobre el cálculo de días por accidente

¿Desde qué día empieza a contar la indemnización? +
El cómputo se inicia el mismo día en que ocurre el accidente de tráfico, siempre que exista un informe médico que acredite las lesiones iniciales. Es fundamental acudir a un centro sanitario en las primeras horas para que conste el inicio del perjuicio personal.
¿Los domingos y festivos también se pagan? +
Sí. El cálculo se realiza por días naturales. Si estás en periodo de curación, todos los días de la semana generan derecho a indemnización, independientemente de si son laborables o no, ya que el perjuicio a tu salud no se detiene durante el fin de semana.
¿Qué pasa si la aseguradora me da el alta pero yo sigo mal? +
Es una situación común. En ese caso, debes contactar con nosotros inmediatamente. Un alta médica de la aseguradora no siempre coincide con la curación real. Podemos impugnarla mediante informes de peritos médicos independientes para que sigas cobrando por tus días de curación.
¿Puedo cobrar por días de baja si no estaba trabajando? +
Por supuesto. El Baremo valora el perjuicio personal por la limitación en tus actividades habituales, ya seas estudiante, desempleado o jubilado. Lo que varía es la categoría del día (perjuicio moderado o básico), pero el derecho económico existe siempre que haya lesiones.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar estos días? +
El plazo general es de un año desde que se estabilizan las lesiones, lo que coincide con el alta médica definitiva. No obstante, te recomendamos iniciar los trámites legales de forma inmediata para asegurar que todas las pruebas médicas se recojan correctamente.

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El plazo para reclamar es limitado. No pierdas tus derechos por esperar a la aseguradora.

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