Tras un accidente de tráfico, un incendio o un robo, nuestro vehículo puede ser declarado siniestro total. En este caso, pueden surgir muchas dudas respecto al seguro del vehículo, como por ejemplo, no sabemos si deben indemnizarnos por el valor del vehículo o reparar el coche.

Esto dependerá del tipo de seguro que hayamos contratado, en el caso de ser un siniestro de culpa, es decir, por nuestra causa.

Si el culpable es el vehículo contra el que hemos chocado, tendremos el derecho de solicitar la reparación de nuestro coche, si es lo que queremos hacer.

Cuándo es un siniestro total

Tras el accidente sufrido se debe estudiar a cuanto asciende la reparación del vehículo. Si supera una cantidad entre el 75% y el 100% del valor garantizado e indemnizable del coche, en el momento del siniestro, se procederá a declarar como vehículo siniestro total.

Ese porcentaje va a depender del tipo de seguro que tengamos contratado, siendo normalmente un 75% aunque hay algunas compañías que aplican el 100%.

Lo más conveniente en cada caso dependerá de la antigüedad de nuestro coche, así como de los daños que haya sufrido en el siniestro.

Puede interesarte más el 100% cuando, a pesar de ser un vehículo antiguo, sigue funcionando a la perfección, y los daños que ha sufrido en el siniestro no han afectado ni al motor, ni al chasis, u otros puntos importantes. En este caso nos interesará reparar el vehículo ya que la indemnización en caso de siniestro total no será suficiente para poder comprar un vehículo de características similares. Por eso interesa que el porcentaje en este caso sea lo más alto posible.

Por otro lado, te puede interesar más el 75% cuando el coche es relativamente nuevo, por ejemplo tiene uno o dos años. En este caso nos interesa que se aplique el tanto por ciento mínimo posible ya que, en principio, la gran mayoría de los seguros cubren el vehículo por el valor de su estado nuevo, durante el primer y el segundo año, por lo que nos podrían proporcionar un coche idéntico al nuestro o de características similares, incluyendo la matriculación, impuestos y todos los gastos asociados.

Además en el caso de que los daños que haya sufrido nuestro coche en el siniestro, sean graves y afecten al chasis o al motor, lo más aconsejable es no reparar ya que el vehículo no se comportará nunca de la misma manera que antes del siniestro, aunque lo reparen, y tampoco podremos pedirle la misma fiabilidad y seguridad, por lo que nos interesará que lo declaren siniestro total y nos indemnicen.

 

Indemnización por siniestro total

Cuando declaran a nuestro vehículo siniestro total debemos comprobar algunos datos para que el proceso se lleve correctamente:

 

Valor de tasación del vehículo

Las compañías aseguradoras obtienen normalmente informes de tasación de los vehículos siniestrados, por medio de herramientas de valoración, que realizan algunas empresas especializadas. De hecho la mayoría de los talleres utilizan esas mismas herramientas. Sería interesante comprobar si es acorde con la realidad ese valor de tasación que nos están ofreciendo, para ello podemos:

  • Solicitar un informe de tasación del vehículo a una de estas empresas especializadas en ello. Suele tener un coste aproximado de unos 20 euros.
  • Adquirir una guía de tasación de vehículos usados o de ocasión, como la confeccionada por Dat Iberica que podemos conseguir por medio de la revista Autofácil, que tiene validez legal y que la comercializa anualmente.
  • Buscar en internet, meternos en portales especializados en vehículos de ocasión y sacar al menos diez referencias de vehículos con similares características al nuestro, para calcular el valor medio de todos ellos.

 

Valor de reparación de los daños sufridos

Para poder comprobar que la valoración que nos asigna la compañía de seguros es la correcta, tendremos que realizar una peritación independiente. Hacer esta gestión por nuestra cuenta puede suponer unos 100 euros. Por otro lado, existen algunos seguros de defensa jurídica del vehículo o conductor que cubren además de otras cosas, los gastos de peritaje.

 

Valor de restos

También podemos solicitar presupuestos a algunos desguaces para comparar los importes con la cantidad que nos ofrece nuestra compañía de seguros.

En el caso de que la cantidad que nos ofrece el seguro no nos satisfaga, algo que por otro lado, suele pasar bastante a menudo, podemos vernos en dos tipos de escenarios diferentes:

  • En el caso de que nosotros seamos los culpables del siniestro, como habremos firmado un contrato entre dos partes, tendremos que regirnos por lo que esté estipulado en el contrato, y por tanto procederemos según las condiciones que hayamos pactado. Si no hemos llegado a un acuerdo sobre la indemnización a percibir, podemos hacer uso del artículo 38 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro realizando una tercera peritación, y en el caso de que esto tampoco resulte, podremos reclamar judicialmente.
  • En el caso de que no seamos nosotros los culpables del siniestro, la parte contraria deberá abonar el 100% del importe que cueste la reparación. Lo recomendable es proceder reparando el vehículo por nuestra cuenta y justificar con una factura que presentaremos ante el juzgado en el caso de que la otra parte no quiera abonarla.

 

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