Las compañías aseguradoras aplican unos criterios para indemnizar a las víctimas de accidentes de tráfico, por las lesiones sufridas.
Las indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico se basan en el baremos que cada año establece los diferentes criterios para poder calcular el importe del perjuicio, según las circunstancias que se den.
Cálculo de la indemnización derivada de la circulación
La cantidad que perciba la persona víctima del siniestro, en concepto de indemnización por accidente de tráfico, se calculará en función de tres tipos diferentes de perjuicios:
Días de incapacidad temporal
Son los días que se necesitarán para curarse de la lesión, y aquellos en los que no se podrán llevar a cabo las actividades diarias.
Incapacidad permanente o secuelas derivadas del siniestro
Se calculará basándose en la puntuación que se le asignará a las secuelas y según la edad que tenga la persona que sufre el siniestro en el momento de tener el accidente de circulación.
Derivados del fallecimiento
En estos casos, existe una tabla fija en la que está calculada la consideración de perjudicado, procediéndose al cálculo del importe en concepto de indemnización, basándose en los perjudicados y en la edad de la persona fallecida.
No obstante, este baremo de accidentes también establece lo que se denomina factores de corrección, que permiten calcular la indemnización de forma individualizada y personalizada, basándose en cada caso concreto, incluyendo entre esos factores de corrección algunos como los perjuicios económicos, la edad de la víctima, etc.
Indemnizaciones por incapacidad temporal derivadas de la circulación
El pasado día 1 de enero, entró en vigor el nuevo sistema para el cálculo de indemnizaciones, cambiando el tradicional sistema en el que se distinguían los días impeditivos de los días no impeditivos, por una distribución más complicada en la que aparecen cuatro tipos de días de baja por incapacidad temporal:
Días básicos
Son los días en los que se entiende que la víctima del siniestro puede hacer su vida normal, incluso yendo a trabajar, pero en los que sus lesiones todavía no están totalmente curadas, o estabilizadas, manteniendo un seguimiento médico.
La cantidad diaria que se percibe por cada uno de estos días es de 30 euros.
Días moderados
Son aquellos días en los que el sujeto víctima de un siniestro puede realizar sus actividades básicas tales como comer, beber, asearse, etc., pero está limitado para realizar parte importante de sus actividades normales, como ir a trabajar.
La cantidad diaria que se percibe en estos casos es de 52 euros.
Días graves
Son los días en los que la víctima del siniestro de circulación no tiene la autonomía para poder realizar las actividades más básicas como levantarse sin ayuda. Por ejemplo los casos de ingresos hospitalarios.
La cantidad diaria que se percibirá será de 75 euros.
Días muy graves
La persona que sufre un siniestro de tráfico y está completamente incapacitada para realizar cualquier tipo de actividades básicas, perdiendo su autonomía y necesitando ayuda para comer, beber, asearse, vestirse, etc.
La cantidad diaria a percibir es de 100 euros.
Pudiendo tener una sola víctima de accidente de circulación, varios tipos de días diferentes dentro de su baja por incapacidad temporal: por ejemplo 3 días muy graves, 10 días graves, 25 días moderados y 40 días básicos.
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