En 2019 entrará en vigor la nueva actualización del baremo de 2016 para cuantificar las indemnizaciones por lesiones en accidentes de tráfico, al ser una actualización de baremo 2019, debemos remitirnos al contenido del artículo 40 de la ley 35/2015 que nos dice:
“Momento de determinación de la cuantía de las partidas resarcitorias: La cuantía de las partidas resarcitorias será la correspondiente a los importes del sistema de valoración vigente a la fecha del accidente, con la actualización correspondiente al año en que se determine el importe por acuerdo extrajudicial o por resolución judicial.
En cualquier caso, no procederá esta actualización a partir del momento en que se inicie el devengo de cualesquiera intereses moratorios.”
pero…, ¿qué significa ésto?
Significa que si sufrimos un accidente en el año 2016 (año en que entró en vigor el baremo actual) y nuestras lesiones se estabilizan en el 2019, aunque la compañía aseguradora probablemente nos ofertará la cantidad indemnizatoria acorde con el baremo vigente en 2016, es decir, la fecha del accidente, de acuerdo a la ley nos tendrá que indemnizar conforme a dicho baremo pero, con las actualizaciones realizadas del mismo en 2019.
Anteriormente se ajustaban las indemnizaciones al IPC pero en el momento presente, se actualizan porcentualmente al Índice de Revalorización de las Pensiones del Sistema de la Seguridad Social.